La Delegación Provincial de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía ha obligado a la demolición de una vivienda en el municipio de Chipiona al estar construida sobre una parcela afectada por servidumbre de protección del Dominio Público Marítimo Terrestre.
La casa, ubicada en el tramo del arroyo Reyerta a la depuradora, consta de 58,30 m2 y está siendo demolida por el propietario de la misma ante los requerimientos impuestos por la Consejería de Medio Ambiente que le obligaban a derribar la construcción antes del 15 de septiembre, fecha en la que se ejecutaría la orden de demolición por la delegación provincial conforme a la autorización judicial solicitada y con cargo al propietario.
La delegada provincial de Medio Ambiente, Gemma Araujo, ha manifestado la necesidad de llevar a cabo este tipo de actuaciones para hacer cumplir al máximo la legalidad medioambiental actuando contra todas aquellas construcciones y ocupaciones ilícitas en zonas de servidumbre de protección, montes públicos y espacios naturales protegidos.
Hasta el lugar se han desplazado agentes de Medio Ambiente así como técnicos de la Consejería de Medio Ambiente para verificar que se está llevando a cabo a la demolición de la vivienda conforme estaba establecido.
El dueño de la vivienda ha interpuesto numerosos recursos que no han proliferado contra la resolución de demolición, asimismo la construcción se sitúa en suelo clasificado como no urbanizable en el que no se contemplan los usos residenciales.
La delegada provincial de Medio Ambiente, Gemma Araujo, ha manifestado la necesidad de llevar a cabo este tipo de actuaciones para hacer cumplir al máximo la legalidad medioambiental actuando contra todas aquellas construcciones y ocupaciones ilícitas en zonas de servidumbre de protección, montes públicos y espacios naturales protegidos.
Hasta el lugar se han desplazado agentes de Medio Ambiente así como técnicos de la Consejería de Medio Ambiente para verificar que se está llevando a cabo a la demolición de la vivienda conforme estaba establecido.
El dueño de la vivienda ha interpuesto numerosos recursos que no han proliferado contra la resolución de demolición, asimismo la construcción se sitúa en suelo clasificado como no urbanizable en el que no se contemplan los usos residenciales.
Remitido por la Delegación Provincial de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía
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